Toda la información sobre esta prestación a la que pueden acceder los familiares de un jubilado fallecido
Anses informó que ahora se puede hacer por internet el trámite para la Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado.
Les corresponde al Cónyuge, conviviente previsional e hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad) del jubilado fallecido.
Podrán solicitar la prestación el cónyuge: con la partida de matrimonio actualizada (emitida hasta 1 año anterior a la fecha de solicitud de la pensión y no más de 6 meses anteriores al fallecimiento). En caso de conviviente, tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen hijos reconocidos por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
Para acceder al beneficio los hijos tienen que ser menor de 18 años y soltero. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido. En estos casos el trámite se hace de manera presencial.
Conocé aquí la documentación que tenés que presentar: Pensión derivada
